Directorio de la ARCONEL aprobó dos proyectos de regulación para fortalecer la gestión operativa del Sistema Eléctrico Nacional y promover la generación con Energías Renovables No Convencionales
Boletín de Prensa Nro. 009
Quito, D.M., 17 de octubre de 2025
El Directorio de la Agencia de Regulación y Control de Electricidad (ARCONEL), aprobó, este 16 de octubre de 2025, dos proyectos normativos orientados a fortalecer la gestión operativa del Sistema Nacional Interconectado (SNI) en escenarios de déficit energético; y promover la inversión privada en Energías Renovables No Convencionales.
Regulación ARCONEL-004/25: Operación del Sistema Nacional Interconectado en Condiciones de Déficit de Generación y Racionamiento de Energía Eléctrica
Su implementación fortalecerá la capacidad de respuesta ante posibles escenarios de escasez energética, especialmente durante períodos de estiaje o contingencias por mantenimiento o indisponibilidad térmica, pues establece lineamientos para la operación del SNI en condiciones de déficit de generación y ante racionamientos de los servicios públicos de energía eléctrica y alumbrado general.
Esta regulación incorpora el Indicador de Condición Operativa Energética (ICOE), que permite evaluar las condiciones energéticas del SNI y activar cuatro períodos operativos: alerta de déficit; déficit; racionamiento obligatorio y racionamiento forzoso, con el propósito de garantizar la continuidad del suministro de energía eléctrica. Además, dispone la elaboración del procedimiento de aplicación, por parte del Operador Nacional de Electricidad (CENACE), dentro de los 60 días posteriores a su expedición, para asegurar la operatividad inmediata del nuevo marco normativo.
Regulación ARCONEL-005/25: Normativa para incentivar generación con Energía Renovable No Convencional Mayor a 10MW y menor o igual a 100MW
Define el marco técnico y procedimental para el desarrollo de proyectos de generación, en menor tiempo, con fuentes de energía renovable como: solar fotovoltaica; eólica; hidroeléctrica; biomasa; biogás y geotérmica, mayores a 10 megavatios (MW) y menores o iguales a 100 MW. Los proyectos deben contar con título habilitante, otorgado por el Ministerio de Ambiente y Energía (MAE); estar fuera del Plan Maestro de Electricidad y no estar sujetos a Procesos Públicos de Selección.
Así también, establece requisitos de conexión obligatoria al SNI; condiciones de almacenamiento mínimo para tecnologías intermitentes; mecanismos de operación y despacho; procedimientos de medición y control; así como precios preferentes, determinados en función del costo nivelado de energía por tecnología.
La aplicación de esta regulación representa un avance significativo en la modernización del marco normativo del sector eléctrico ecuatoriano, pues fomenta la inversión privada, el desarrollo territorial, la seguridad energética y la mitigación del cambio climático.
Cumpliendo con los objetivos del Gobierno de El Nuevo Ecuador, liderado por el Presidente Daniel Noboa, la ARCONEL promueve la eficiencia institucional y la consecución de inversiones a través de proyectos que contribuyan a la diversificación de la matriz energética nacional.
Dirección de Comunicación Social